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ASOCIACIÓN CULTURAL FUENTE DEL SOL

EL AGUA EN LOS ALCORES II

EL AGUA EN LOS ALCORES (II)

LAS HUERTAS

 La frondosidad del paisaje de los Alcores, tal y como lo refieren algunos autores, viene dado por la existencia de  huertas, muchas de ellas de clara herencia musulmana. La existencia de las mismas va unida a la existencia de agua, dado que el tipo de cultivo que en las mismas se cría, así lo estima necesario.

En cuanto a la posesión de las mismas, ya en época medieval, hemos de decir que ésta se identifica casi siempre  con personas de medio o alto nivel económico, dentro del conjunto de la población vecinal.

LAS HUERTAS DE EL VISO

Las primeras referencias documentales sobre la que hoy se conoce como  “huerta de abajo” las encontramos en las Ordenanzas Municipales de la villa. Este compendio de “leyes” fue aprobado el  25 de enero de 1564En el  documento se nos refiere que no son las primeras, por lo que hemos de suponer que éstas se basaban en otras más  antiguas “ que por vos  la dicha  Justicia fueron trasladadas de las que Juan de Saavedra y Fernando  Arias de Saavedra mis señores padre y abuelo que Dios ponga en gloria  hicieron e ordenaron y otra que por vos la dicha justicia  han sido añadidas”. Esto hace que tengamos que remontar la redacción de las primitivas Ordenanzas al siglo XV, y concretamente a los años en  los que se produce el deslinde definitivo de Carmona en 1446. Así pues las primeras referencias documentales de la huerta se remontarían a la segunda mitad del XV. Apostillamos el hecho de referencias documentales, porque sin duda alguna las referencias arqueológicas nos remontarían al período hispanomusulmán o romano.

La huerta era conocida como del Concejo por ser propiedad del mismo hasta comienzos del siglo XVII, fecha en la que el Señor de la villa se apropió de la misma, además de otras propiedades, tal vez concejiles. Será en la segunda mitad del siglo XVIII, concretamente el 1 de octubre de 1754, cuando el Señor de la villa venda a  tributo perpetuo la huerta  a favor de José de Guzmán Calvo y de su mujer. Los nuevos propietarios tenían la obligación de tener limpia  “la alberca con que se riega dicha huerta que sirve de lavadero a la villa”. Asimismo que para destapar la cañería que va desde la fuente a el pilar han de pedir licencia”. En la escritura de venta se especifica el número de árboles que hay en ella siendo digno de destacar ciento cincuenta y cuatro granados y  tres cuerdas de moreras. En 1790 se va a producir una cesión de bienes por parte de los propietarios Juan de Guzmán y Josefa Vergara Palacios a su  hijo que iba a  ingresar en el Estado Eclesiástico, por lo que querían incorporar la huerta a los bienes que llevaría su hijo. El bien en cuestión estaba gravado con un censo perpetuo al Señorío de 270 reales y 30 maravedíes.

 LA HUERTA Y LAS  ORDENANZAS

 Los arrendadores de dicha huerta estaban obligados a mantener limpias las dos albercas, y el pilar, limpiándolos una vez al mes de todo tipo de inmundicias. Para prever la ausencia de agua por causa de la referida limpieza, las Ordenanzas  indica que se tuviese preparada la “alberca de abaxo llena de agua, por manera que siempre este provehida, i puedan dexar de lavar por falta de la dicha agua so pena de cient maravedíes para el  concexo desta villa, al primero, o tercero dia de cada mes, y llame al mayordomo so la dicha pena”.En el supuesto en el que la alberca estuviese vacía, estaban obligados a tener preparada la que se denomina como “ la de abajo”. Cuando era preciso arreglar el pilar o el lavadero, y, dado que el  era del Señor, las reparaciones se pagaban entre éste y el Concejo, según acuerdo entre ambas partes.

 LA PROCEDENCIA DEL AGUA.

Se trata de la única fuente dentro de la localidad: “Tiene una sola fuente  de agua dulce, que nace de la cabeza de una barrera contigua al    Palacio de los condes”. Tal y como nos indica Madoz el agua de la fuente era de calidad  que califica como regular, lo que en el pueblo siempre se ha calificado como agua “gorda”, hecho que obligaba a sacar agua, bien de pozos particulares, o de las fuentes cercanas de la Muela o de la Alunada, más propicias para el consumo humano.

Situada en pleno centro histórico del pueblo, junto a la actual plaza del Sacristán Guerrero y enfrentada a la que fuera Casa –Palacio de los Condes del Castellar. El nombre de fuente de los “Sardinas” proviene de la donación que esta familia hizo, a principios de siglo de una casa, hoy incorporada a la  plaza y donde está la denominada “Cruz de las Caídos”. Justo en esta casa, en uno de sus márgenes estaba la referida fuente. A través de un conducto subterráneo el agua se distribuía a un pilón o abrevadero, junto a la Casa- Palacio. También tenemos constancia de que el convento de Mercedarios disfrutó de agua procedente de esta fuente, al igual que lo haría la referida Casa-Palacio.

Las aguas del pilar se dirigían hacia el lavadero público, en la entrada de la actual “Huerta Abajo” y desde allí se dirigía a dos albercas, “la de arriba y la  abajo” y desde esta última se dirigía hacia el arroyo  de la Alcantarilla. La procedencia del agua hemos de buscarla en un manantial mejorado por “un curioso sistema de minas, que según informaciones, partiría de las mismas entrañas del promontorio donde se encuentra la iglesia parroquial”. Hemos de decir que este sistema de minas arranca propiamente del Alcor, así encontramos una referencia a las denominadas lumbreras (hoy calle Lumbreras) “por dónde viene el agua a la fuente de ella[ de la villa]”.

El origen del pueblo está, sin duda alguna, en torno a este elemento hoy tan olvidado. Ésta, al igual que los montes, prados, etc., eran propiedad del señor  tal y como lo demuestra el documento de fundación del mayorazgo “consistente en la villa del Viso con sus vasallos, términos, montes, prados, pastos, dehesas, aguas corrientes, estantes y manantes...”. En las  Ordenanzas  Municipales  se especifica que  los encargados de velar por la limpieza de la fuente cada dos años eran los Alcaldes Ordinarios, que además tenían la obligación de arreglar y de limpiar las lumbreras y todo a costa del Concejo. Para que el agua no se contaminara con el jabón estaba taxativamente prohibido, y bajo multa, lavar la ropa tanto en la fuente como en el pilar, de ahí que el fiel encargado de su mantenimiento y limpieza tuviese potestad para prender a aquella persona o personas que sorprendiese lavando en la fuente o en el pilar. Como la propiedad de las aguas corresponde al Señor del lugar, es éste el que tiene potestad para llevar a cabo determinadas obras. Como hemos referido anteriormente, el  agua de la fuente, a través de una tubería subterránea, paralela a las paredes de la casa- palacio, era conducida a un pilar o abrevadero al que ningún vecino podía llevar a beber sus bueyes sin permiso del Concejo. El agua de la fuente, a su vez, descargaba en el lavadero que dependía de los arrendadores de la huerta de la Villa o  de abajo, (propiedad del  Concejo en el siglo XVI) por lo que  estaban obligados a tenerlo lleno de agua “para que las mujeres puedan lavar en él, según que siempre se ha usado, principalmente el día del viernes, y del sábado... so- pena de cien maravedíes para el dicho Concejo”. Además los arrendadores de la huerta estaban obligados a: limpiar la alberca y el pilar  todos los meses, evitando, de esta manera, la acumulación de cieno y suciedad. En el supuesto en el que la alberca estuviese vacía, estaban obligados a tener preparada la que se denomina como “ la de abajo”. Cuando era preciso arreglar el pilar o el lavadero, y, dado que el agua  era del Señor, las reparaciones se pagaban entre éste y el Concejo, según acuerdo entre ambas partes.La fuente dará origen a conflictos entre los vecinos y el convento de mercedarios que tenía por merced de don Gaspar Juan Arias de  Saavedra, desde 1625 una paja de agua. A pesar de esta concesión, en determinados momentos, los frailes llegaron a tomar más de lo concedido, tal y como ocurrió en junio de 1654, fecha en la que se detecta que la fuente no echa agua. Ante esta circunstancia, el Cabildo  decide reunir a los vecinos y abrir la fuente, cuyos cañones se encuentran obstruidos. Ante este hecho, se decide pedir daños y perjuicios al Padre Comendador y al Provincial, que recrimina los hechos. En 1643, posiblemente se produzca un cambio trascendental en lo que se llamaba fuente, pues el Cabildo acuerda  se pida al Conde que se cubra la fuente porque al estar descubierta “se echan muchas cosas y caen muchos niños”. Ante la necesidad de reparar la fuente y el pilar, se efectúan obras en 1653 como consecuencia de estar seca la fuente y los consiguientes problemas que este hecho plantea a la comunidad  de vecinos y  a sus ganados. A pesar de ello, en abril de 1655 , dada la necesidad que tienen los vecinos, se acuerda reparar el pilar y el lavadero (lo que nos hace pensar que dichas obras no se efectuaron dos años antes). Dado que el remanente de agua es del conde, éste debe de pagar la mitad de los gastos, tal y como se acordó el año anterior.

 

   

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